Va a juicio decretazo para surtir medicinas – El Mañana de Reynosa

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    CIUDAD DE MÉXICO.

    -Un juez federal admitió a trámite una demanda de amparo que impugna el Acuerdo de la Secretaría de Salud que liberó la importación de medicamentos que no cuentan con registro sanitario en México, incluidos los producidos en China e India.

    Víctor Luna, juez Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, admitió el 6 de marzo un amparo promovido por la Asociación Nacional de Fabricantes de Medicamento (Anafam), que pide declarar inconstitucional el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por el Secretario de Salud, Jorge Alcocer, el pasado 28 de enero.

    Esta asociación agrupa a 22 empresas farmacéuticas con plantas de producción en México, entre ellas los laboratorios Liomont, Senosiain, Psicofarma y Silanes, así como Alpharma, Novag Infancia, Sigfried Rhein, Teva Pharmaceuticals y Fresenius Kabi, entre otras. Anafam considera que el decreto viola seis artículos de la Constitución, incluido el que garantiza el derecho a la salud, y que además es contrario a las reglas de la Ley General de Salud, que exige que todos los medicamentos deben contar con registro sanitario.

    Por ahora, la asociación quejosa no solicitó una suspensión, por lo que el Acuerdo está vigente y el Gobierno no tiene impedimento para importar medicamentos desde múltiples países, cuyos procesos de control sanitario no habían sido reconocidos como equivalentes de los nacionales.

    El acuerdo permite importar medicamentos sin registro sanitario, si el Gobierno considera que los producidos en México no son suficientes para cubrir el abasto, o no cumplen con buena calidad de fabricación.

    «Se reconozcan los requisitos establecidos en los artículos 161 Bis, 167, 169, 170 y 177 del Reglamento de Insumos para la Salud y a los procedimientos de evaluación técnica realizados por la Cofepris para el otorgamiento del registro sanitario de los insumos para la salud a que se refieren los artículos 2o., fracciones XIV, XV, incisos b y c y 166, fracciones I, II y III del Reglamento de Insumos para la Salud; en relación con los artículos 222 y 229 de la Ley General de Salud, los requisitos solicitados y procedimientos de evaluación realizados», dice el texto publicado en el DOF.

    Asimismo, se ordena facilitar «la importación de medicamentos con o sin registro sanitario en México, dirigido a cualquier enfermedad o padecimiento, que estén autorizados por las siguientes autoridades reguladoras».

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